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jueves, 18 de abril de 2013

Analizan mecanismos y causales para la revocatoria del mandato a las autoridades de elección popular


En la sesión 226 del Pleno de la Asamblea Nacional, la asambleísta Marisol Peñafiel, ponente del proyecto de Ley Orgánica para la Revocatoria del Mandato a las Autoridades de Elección Popular, subrayó que a través de esta propuesta se establecen mecanismos claros y las causales para la revocatoria del mandato a las autoridades de elección popular, por tanto, la ciudadanía podrá hacer uso de su derecho de participación democrática cuando incumplan las funciones para las cuales fueron electos.

Recordó que entre las causales para la revocatoria del mandato se encuentra el incumplimiento o abandono del plan o programa de trabajo; sentencia condenatoria ejecutoriada por infracciones penales de peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, genocidio o lesa humanidad, incumplimiento de las pensiones alimenticias, pero un elemento fundamental es que los servidores públicos de todos los niveles de gobierno no podrán impulsar, promover y participar en la campaña de revocatoria del mandato.

Explicó que si bien en la Constitución y en el Código de la Democracia se estableces mecanismos de participación y democracia directa del pueblo para la revocatoria del mandato, en la práctica existen algunos vacíos que impiden que el mandante, el soberano que elige a una autoridad, pueda ejercer este derecho, por ello, la legislatura debe adecuar estos principios, a fin de hacer efectivo este derecho y precautelar el bien jurídico, por el cual fue creada la revocatoria del mandato.

En este marco, subrayó que en el informe que presenta la Comisión de Justicia y Estructura del Estado se introducen algunas normas que se deben incluir en el Capítulo IV de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, por lo que se determina que para presentar la solicitud de revocatoria debe obtener el respaldo proporcional al número de los electores inscritos en el padrón electoral de la correspondiente circunscripción; así como el trámite para su procedimiento que parte de la recolección de firmas; audiencias para la impugnación de la autoridad contra quien se solicita la revocatoria ,así como el proceso de revocatoria del mandato.

FUENTE:ASAMBLEA NACIONAL

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